REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, quince (15) de junio de dos mil nueve (2009)
Años 199° y 150°

Vista la diligencia de fecha veintidós (22) de abril 2009, suscrita por el abogado Gerardo Bello Aurrecoechea, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.240, mediante la cual solicita se proceda a designar el Defensor Ad-Litem, a los herederos desconocidos de la ciudadana Benigna Briceño de Marin. Este Tribunal observa que dicha solicitud no es contraria a derecho, en consecuencia se nombra como Defensor Judicial al ciudadano Giovanni Fabrizi D` Alessandro, titular de la cedula identidad Nº 6.973.833, e inscrito en el Impreabogado bajo el Nº 38.170, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 232 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose su notificación:-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaímes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata



VGJ/RM/kl
EXP. N° 9602




República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de junio de 2009
Años 199° y 150°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

Al ciudadano Giovanni Fabrizi D`Alessandro, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 6.973.833, e inscrito en el Impreabogado bajo el Nº 38.170, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó su notificación, en virtud, de haber sido designado como Defensor Judicial de los Herederos desconocidos de la ciudadana Benigna Briceño de Marín, en el juicio que por Reivindicación sigue Jesús Marín Velásquez contra José Serrao sustanciado en el Expediente Nº 9602; Notificación que se le hace a usted, de conformidad con lo establecido en el artículo 232 del Código de Procedimiento Civil, para que un lapso de (3) días de despacho siguiente a la constancia en autos, comparezca a prestar el juramento de ley, o rechazar el cargo recaído en su persona.
Sírvase firmar al pie de la presente boleta en señal de haber sido notificada con indicación de la fecha y la hora.-


EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJG/RM/kl. Exp. N° 9602