REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, nueve (09) de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP31-S-2009-000768
SOLICITANTES: LENIN RAFAEL CARRASQUEL DE PABLOS, LARRY ALBERTO CARRASQUEL DE PABLOS y LEONEL GIOVANNI CARRASQUEL DE PABLOS.
CAUSANTE: LUIS ALBERTO CARRASQUEL ARNAL
MOTIVO: TÍTULO DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Evacuadas como han sido las testimoniales de los ciudadanos Reyna Leonor Blanco Guache, Carmen Yolima Terán Rojas y Darwing Daniel Díaz Pérez, todos venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Area Metropolitana de Caracas y titulares de la Cédulas de Identidad números. V-10.534.514, V-10.853.383 y V-15.838.773, respectivamente, quienes de forma conteste y sin incurrir en contradicciones respondieron positivamente y de conformidad a las preguntas Primera, Segunda y Tercera, contenidas en el escrito que dio inicio al presente expediente; y analizados los siguientes recaudos presentados en copia certificada por los solicitantes: 1) Copias de la Cédula de Identidad de los solicitantes, antes identificados, así como del ciudadano LUIS ALBERTO CARRASQUEL ARNAL, expedida el 2 de junio de 2004, en donde aparece identificado con el No. V-641.986, nacido el 31 de diciembre de 1947 y de estado civil soltero; 2) Constancia expedida el día 25 de marzo de 2009, por el Registrador Civil de la Parroquia San Juan, de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, del Distrito Capital, Dirección de Registro Civil, mediante la cual declara que el acta de defunción del ciudadano CARRASQUEL ARNAL LUIS ALBERTO, titular de la cédula de identidad Nº V-641.986, reposa en esa Jefatura Civil, bajo el No. 379 del año 2009, según certificación médica del Dr. Botín Zoraida, No del M.S.A.S. 66491, falleció el 17-03-2009; y que dicha Acta no se encuentra inserta en los libros por cuanto son consignados en ese Despacho la segunda quincena del mes de marzo. No obstante ello, dicha constancia es suficiente para demostrar el fallecimiento del causante de los solicitantes; 3) Actas de Nacimiento de los ciudadanos LENIN RAFAEL CARRASQUEL DE PABLOS, LARRY ALBERTO CARRASQUEL DE PABLOS y LEONEL GIOVANNI CARRASQUEL DE PABLOS, de las cuales se evidencia que fueron presentados como hijos de la ciudadana LIGIA MARIA DE PABLOS GIL, y posteriormente fueron reconocidos por su padre, ciudadano LUIS ALBERTO CARRASQUEL ARNAL, titular de la Cédula de Identidad No. 641.986. Analizados como han sido tanto las declaraciones realizadas, como los documentos relacionados, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante, LUIS ALBERTO CARRASQUEL ARNAL, a los ciudadanos LENIN RAFAEL CARRASQUEL DE PABLOS, LARRY ALBERTO CARRASQUEL DE PABLOS y LEONEL GIOVANNI CARRASQUEL DE PABLOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad números V-10.382.837, V-10.382.836 y V-10.382.838, respectivamente, en su condición de hijos del referido de cujus. Devuélvase las presentes actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la decisión. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,


Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA ACC.,


CAROLINA ALARCON REAÑO

ZRZ/CA/bcga***