REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de junio de dos mil nueve
199º y 150º
SOLICITANTE: YOSELIN DEL VALLE MARCANO ROSAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-14.156.491.-
ABOGADO ASISTENTE: NORKA MARGARITA ZAMBRANO ROJAS, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.700.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
SENTENCIA: Definitiva.-
Visto el escrito presentado por la ciudadana YOSELIN DEL VALLE MARCANO ROSAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-14.156.491, debidamente asistida por la abogada NORKA MARGARITA ZAMBRANO ROJAS, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.700, mediante el cual solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento que reposa en el libro secundario expedido por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Departamento Libertador (hoy Municipio Libertador) del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), quedando inserta la partida de nacimiento bajo el Acta Nro. 112, la cual corre inserta al folio 56 de los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por esa oficina, del año 1.981, por cuanto en la misma se incurrió en un error involuntario respecto a su primer nombre, el cual aparece como YOSELYN, cuando en realidad debería decir YOSELIN tal y como consta en el Acta del libro secundario de la Oficina Subalterna de Registro Civil y Electoral Parroquia San José, observándose que el error se ubica en el primer (1er) nombre, que figura erróneamente en dicha Acta. Ahora bien, a los fines de probar lo afirmado, la solicitante de la presente Rectificación de Partida de Nacimiento, consignó a los autos copia de la cédula de identidad, copia de sus datos filiatorios y copia del oficio adjunto a la tarjeta de nacimiento emanado de la Dirección de Justicia y Cultos, División de Asistencia Jurídica Gratuita del Ministerio de Interior y Justicia en donde se solicitó la tarjeta de Nacimiento que cursa en los Registros de la Clínica Santa Ana.
De esta manera observa el Tribunal que de las documentales aportadas, por quien solicita la rectificación se desprende que ciertamente como se afirmó en la solicitud existe un error en dicha acta del libro secundario cuya rectificación se requiere y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de carácter contencioso, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, actuando sumariamente acuerda la rectificación del acta de nacimiento acompañada en original a las actas que conforman el presente expediente, en consecuencia, se ordena a la Oficina Subalterna de Registro Civil y Electoral Parroquia San José, estampar la nota marginal de la Partida de Nacimiento que reposa en el libro secundario de dicha oficina, perteneciente a la ciudadana Yoselin del Valle Marcano Rosas, para que a partir de la presente fecha lleve el nombre correcto, es decir, YOSELIN. Dicha partida aparece signada en el Acta 112, Folio 56, de los Libros de Registro Civil de Nacimientos, del el año 1981 y queda rectificada de la siguiente manera: En donde dice YOSELYN DEL VALLE, debe decir YOSELIN DEL VALLE. Y así se declara. Líbrese el oficio a la autoridad respectiva y anéxese a la misma copia certificada de la presente decisión. Así se decide.-
LA JUEZ TITULAR,
LETICIA BARRIOS RUIZ. LA SECRETARIA,
MARINA SANCHEZ GAMBOA
En esta misma fecha y siendo las 11:19 am, se publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
MARINA SANCHEZ GAMBOA
EXP: AP31-F-2009-001123
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