República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 01 de Junio de 2.009
Años 199° y 150°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado MANUEL GUSTAVO HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contentiva del DESISTIMIENTO de la Apelación por él formulada el día 14 de Mayo de 2.009, en contra de la sentencia definitiva dictada por este Juzgado en fecha 26 de Febrero de 2.009, en consecuencia, este Tribunal, conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su respectiva HOMOLOGACION, y lo da por consumado en los mismos términos expuestos. De Igual manera, este Tribunal acuerdo devolver el original solicitado previa su certificación en los autos, y asimismo, se acuerda expedir la copia certificada solicitada, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ
Dra. INDIRA PARIS BRUNI.-
EL SECRETARIO ACC.,
JHONME R. NAREA TOVAR.-
En la misma fecha se requiere al solicitante, los fotostátos necesarios para la certificación de las copias respectivas.-
EL SECRETARIO ACC.,
IPB/JNT/damaris
Exp. N° 07-3804
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