REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 01 de junio del 2009
199º y 150º
Expediente Nº: 12.178
Demandante: Bernardo de Jesús Echeverri Moreno
Motivo: Desistimiento (Rectificación de Acta de Matrimonio)
Visto el desistimiento efectuado en la presente causa en fecha 26 de mayo de 2009, el Tribunal lo tiene por consumado, declara terminada la acción y el procedimiento y ardena el archivo del expediente.- Téngase el presente auto como sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada.- Devuélvanse los originales solicitados previa su certificación en autos.-
La Jueza Provisoria,
Abg. Eumelia Velásquez M.
La Secretaria,
Abg. jheysa Alfonzo
EVM/JA/YMH