REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 05 de Junio del 2009
199º y 150º

ASUNTO: DP11-S-2009-00101
ACTA

EMPRESA OFERENTE : “SEGURIDAD JOS, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Aragua, en fecha 02-12-1991, bajo el Nro. 79, Tomo 89-A

APODERADA DE LA PARTE OFERENTE: Dra . GILMA BETTY ROSS, Abogada, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 15.698.

PARTE OFERIDA : Ciudadano HIALMAR RAFAEL RODRIGUEZ ROJAS , venezolana, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.678.579.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: Dra. YORAIMA VARELA DARIAS, Abogada, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 77.524.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En horas de despacho del día de hoy viernes 05 de Junio del 2009, siendo las 11:oo a.m., previa solicitud y renunciando ambas partes a los lapsos de comparecencia correspondientes, acuden voluntariamente y solicitan llevar a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR ESPECIAL en el presente procedimiento, comparece en su condición de parte OFERIDA el Ciudadano HIALMAR RAFAEL RODRIGUEZ ROJAS , venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No V- 9.678.579 , debidamente asistido por la abogada en ejercicio YORAIMA VARELA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 77.524, por una parte y por la otra, comparece la parte OFERENTE, representada por su apoderada judicial, la abogada en ejercicio GILMA BETTY ROSS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 15.698, representación que consta a los autos. En este estado la Ciudadana Jueza, dá inicio a la Audiencia Preliminar y declara abierto el acto, donde se le pregunta a la parte OFERIDA, si está conforme con la cantidad única a pagar y consignada por la Empresa OFERENTE “SEGURIDAD JOS, C.A” , que corresponden a los conceptos explanados en el escrito de solicitud de esta OFERTA REAL y son los siguientes: Por Antigüedad e intereses BsF 399,60; por Vacaciones fraccionadas BsF 151,85; por Utilidades fraccionadas BsF 33,30 y se descuenta por art. 107 y lavandería BsF 189,48, para un TOTAL A RECIBIR de BsF 395,27, a lo que la parte OFERIDA responde con la debida asesoría jurídica de la abogada supra identificada, que sí está conforme y en consecuencia, acepta la misma de forma voluntaria y libre de constreñimiento alguno, aceptando el monto ofrecido que le será cancelado en su totalidad en este acto, como cantidad única y definitiva, expresando de igual manera que la OFERENTE no le adeuda ninguna otra cantidad por ningún otro concepto, derecho laboral, intereses, ni ningún otro monto derivado de la relación laboral supra citada que existió entre ambos, desde el 10-10-2008 hasta el 31-01-2009, es decir por un período de 3 meses y 20 días, devengando un salario básico mensual de BsF 799,23 -. Ambas partes mutuamente renuncian, desisten y se exoneran de las responsabilidades y obligaciones consecuentes. Por lo que este Tribunal le hace entrega al OFERIDO del cheque Nro. S-92 14015784 , librado contra la cuenta corriente No 0102-0231-10-0000032861, del Banco de Venezuela, por el monto de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON VEINTISIETE CENTIMOS (BsF 395,27).- Este Tribunal deja expresa constancia que la presente actuación es de mutuo y común acuerdo entre las partes, producto de la voluntad libre, conciente y espontánea expresada por la parte OFERIDA y en virtud de la aceptación de la Oferta real de pago hecha por ante este Juzgado, la cual no es contraria a derecho y ha sido la conclusión de un proceso dirigido por este Tribunal, se imparte en este acto la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, al acuerdo alcanzado en este proceso, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente, en virtud de lo acordado en la presente audiencia por las partes asistentes. Finalmente la Ciudadana Jueza, ordenó la lectura íntegra de la presente acta, quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 11:45 a.m de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. . Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA,


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ








EL OFERIDO Y SU ABOGADO ASISTENTE



LA APODERADA DE LA PARTE OFERENTE.



LA SECRETARIA


ABG. LOIDA CARVAJAL GUEVARA