REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTE: SANDRA AURISTELA ARTIGAS ROJAS.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
EXPEDIENTE N°: 235-09

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y por cuanto se observa que la solicitud de titulo supletorio presentado por la Ciudadana SANDRA AURISTELA ARTIGAS ROJAS, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS RAMIREZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.926, se refiere a unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad según documento de propiedad anexo y que riela a los folios (6 al 9), el cual se encuentra ubicado en el Sector Los Tamarindos, Palo Negro, Municipio Libertador del Estado Aragua, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009 y publicada en Gaceta Oficial de fecha 2 de Abril de 2009, del Tribunal Supremo de Justicia