En el día de hoy 22 de Junio de 2009, siendo las 10:00 a.m., comparece por ante este Despacho la parte oferida el ciudadano ADRIAN JOSÉ AGUIAR LOPEZ, a los fines de darse por notificado en la presente oferta real de pago y pedir a la ciudadana jueza la celebración de una audiencia a los fines de solicitar la entrega de la libreta de ahorro donde fue consignada la Oferta Real de Pago realizada por la parte Oferente TORMOCA, C.A.,en el presente proceso. En este estado la ciudadana juez lo acuerda y declara abierto el acto, dejando constancia de la comparecencia en su condición de parte oferida del ciudadano ADRIAN JOSÉ AGUIAR LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.667.290, el cual comparece debidamente asistido por Abogada MARIBEL UZCANGA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.960.731, I.P.S.A. Nro. 107.769, igualmente arriba identificada, se deja constancia de la incomparecencia de la oferente. En éste la ciudadana jueza pregunta a la parte oferida si esta conforme con la cantidad consignada por la empresa oferente TORMOCA, C.A., a lo que responde con la debida asesoría jurídica de la abogada supra identificada, y de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno declara que si esta conforme y en consecuencia acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la oferente no le adeuda concepto, ni monto alguno por la prestación del servicio, por cuanto lo consignado en este asunto es solo el complemento de todos conceptos mediado por ante el Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral del Estado Aragua, en el expediente Nro. DP11-L-2009-000597. Por lo que este Tribunal ordena a la Oficina de Control de Consignaciones la entrega de la Libreta de ahorros aperturada a los fines de consignar el cheque de la cantidad oferida SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.F 7.689,99), así como los intereses que hayan generado, por lo que se ordena librar oficio para que se cumpla con lo aquí ordenado.
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