REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de La Victoria
La Victoria, martes treinta y uno (31) de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

Nº DE EXPEDIENTE: DP31-L-2009-000058
PARTE ACTORA: FERNANDO ANTONIO MENDOZA URIBE, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I V-12.809.997. (NO COMPARECIO).
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. HELBERT GUTIERREZ. INPREABOGADO Nro. 99.594.
PARTE DEMANDADA: UNICON-CONDUCID, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: (NO COMPARECIO)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy martes treinta y uno (31) de marzo de dos mil nueve, siendo el día y hora fijado, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, no compareciendo la parte demandante y de la parte demandada, ni por si ni por representante alguno. Es por lo que este tribunal deja constancia de la inasistencia de la parte demandante ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Año 198° y 150°.



El Juez

El Secretario

Abg. Yuraima Lusinche