REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 9 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2004-000684
ASUNTO : NP01-P-2004-000684

Con ocasión a la Audiencia Especial celebrada en fecha 06 de marzo de 2009, a los fines de verificar el cumplimento de suspensión condicional del proceso de conformidad con el Artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a la ciudadana MIREYA DEL CARMEN ROMERO, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Menos Graves, en perjuicio de la ciudadana FRANCY DEL VALLE CAMPOS MALAVE, donde la Fiscal Novena del Ministerio Público del Estado Monagas, Abg. LERYDA ROFRÍGUEZ, solicitó que en vista de la verificación del cumplimiento tanto del lapso de suspensión condicional del proceso como de las condiciones impuestas por este Tribunal y de la conversación sostenida con la víctima, quien manifestó que la imputada no se había acercado a ella y no la había molestado, se decrete la extinción de la acción penal de conformidad con el artículo 48 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se decrete el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 3 ejusdem. Este Tribunal para decidir lo hace en los siguientes términos:
UNICO
Del estudio de las actas procesales observa esta Juzgadora que fecha 11 de octubre de 2006 fue celebrada la Audiencia Preliminar, en la cual se acordó la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de UN (01) AÑO a partir de dicha fecha, de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal y se le impuso a la acusada, a tenor de lo establecido en el artículo 44 ejusdem las siguientes condiciones: 1) no acercarse a la víctima; 2) no consumir bebidas alcohólicas y deberá inscribirse en alguna de las misiones y traer constancia al Tribunal y 3) presentarse por el alguacilazgo cada veinte (20) días. Ahora bien, considera este Tribunal que tal solicitud esta ajustada a derecho por cuanto en la Audiencia Especial para verificar el cumplimiento de las condiciones impuesta, se verificó que la acusada consignó la constancia de inscripción en la Misión Rivas, que la víctima manifestó en ese mismo acto que la acusada no siguió efectuando ningún tipo de agresión en su contra e igualmente se evidenció en el Sistema Juris 2000 que la acusada cumplió con el Régimen de Presentaciones por ante el Departamento de Alguacilazgo, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 48 ORDINAL 7º DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL Y EN CONSECUENCIA SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 318 ORDINAL 3º EJUSDEM, en la causa seguida en contra de la ciudadana MIREYA DEL VALLE ROMERO por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES ocasionadas a la ciudadana FRANCIS DEL VALLE CAMPOS MALAVE. Cúmplase. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal al Archivo Central del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, para su Guarda y Custodia. Dado, firmado, y sellado en la sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Maturín a los 09 de marzo de 2009. Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación.
Jueza,
Abg. LISBETH RONDON



La secretaria,
Abg. DELMIS GAMERO