REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 12 de Marzo de Dos Mil Nueve.

198° y 150°

Vista la diligencia presentada por la abogado en ejercicio Emilia Rosa Salandy Marcano, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.092, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana Luisa del Carmen Ríos Brito, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.287.266, de este domicilio, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, acuerda abrir una articulación probatoria de ocho (8) días de Despacho, contados a partir del día de Despacho siguiente al de hoy, a fin de que la parte actora pruebe sus alegatos. Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA

ABG. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.


LA SECRETARIA DE SALA,

ABG. MARIA FABIOLA TEPEDINO.




EXP. N° 19221.-
Betil.-