REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÀNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


Maracay, 05 de marzo de 2009
198º y 150º

DEMANDANTE: CARLOS ERNESTO CANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.122.247 y de este domicilio.-
DEMANDADO: JOSE ALEJANDRO PAEZ DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.281.396 y de este domicilio.-
JUICIO: COBRO DE BOLÍVARES (vía intimación).
EXPEDIENTE Nº: C-15.349-04
I.- UNICO

Vistas y revisadas exhaustivamente las presentes actuaciones signadas con el Nº 15.349-04, contentivas del juicio que por Cobro de Bolívares (vía intimación), seguido por el ciudadano CARLOS ERNESTO CANO, en contra del ciudadano JOSE ALEJANDRO PAEZ DOMINGUEZ, este Tribunal para su tramitación pasa a puntualizar lo siguiente:
Las presentes actuaciones fueron remitidas a esta Superioridad por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en virtud de la apelación que fuera interpuesta por la Abogada ARNEL MOIRET ZURITA SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.161, en su carácter de Apoderada Judicial del Tercero ciudadano ARNALDO JOSE ZURITA SILVA, formulada en contra de la decisión que dictara ese Tribunal en fecha 16 de Junio de 2004, y la cual fue oída mediante auto de fecha 22 de julio de 2004, cursante al folio ciento uno (101).-
En ese orden, se observa que a los autos del presente expediente, consta Escrito presentado en fecha 03 de marzo de 2009, inserto al folio 446, suscrito por la Abogada ARNEL MOIRET ZURITA SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.161, en su carácter de Apoderada Judicial del tercero, ciudadano ARNALDO JOSE ZURITA SILVA, y por el Abogado HUMBERTO BENINCASA FERRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.098, en su carácter de endosatario en procuración de pago del ciudadano CARLOS ERNESTO CANO, a través de la cual declaran lo siguiente:
PRIMERO: la Abogada ARNEL MOIRET ZURITA SILVA, supra identificada DESISTE de todas y cada una de sus partes de la apelación que fuera formulada ante el tribunal de la causa, en contra de la Sentencia de fecha 16 de Junio de 2004.-
SEGUNDO: el Abogado HUMBERTO BENINCASA FERRO, supra identificado, renuncia a las costas en el presente proceso y a cualquier acción originada por esta causa.-
En virtud de las consideraciones antes expuestas; este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en aras del resguardo de los Principios de Seguridad Jurídica, el Debido Proceso y derecho a la defensa; y con el fin último de otorgarle a los justiciables una Verdadera Tutela Judicial Efectiva; declara DEFINITIVAMENTE FIRME la Sentencia dictada en fecha 16 de Junio de 2004, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y en consecuencia remítase el presente expediente al Tribunal antes mencionado, y así se decide. Todo con fundamento en lo establecido en los Artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. CARMEN ESTHER GOMEZ CABRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. EMILY ZAMBRANO
En esta misma fecha se libro oficio Nro. 0430-105.-
La Secretaria Temporal


CEGC/EZ/sam