REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-000193
Visto el Escrito Transaccional, suscrito por las partes y consignado por ante la U.R.D.D., en fecha 31 de marzo de 2009, por el ciudadano ANDRES RIVERO, inscrito en el IPSA bajo el número 16.773, por la parte demandada, y por la parte actora, ciudadana MARIA MARBELLA PAREDES, debidamente asistida por la abogada DEYANIRA HENRIQUEZ, , inscrito en el IPSA bajo el número 123.434, mediante la cual la parte demandada ofrece por vía transaccional, a los fines de poner fin al presente juicio la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. F. 12.000,00), con ocasión a la demanda que por Calificación de Despido incoare la ciudadana MARIA PAREDES contra SARAO RONERIA,, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente. Cúmplase con lo ordenado.

EL JUEZ,




Abg. FELIX MANUEL MILANO LA SECRETARIA,



Abg. LORENA GUILARTE