REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : AP21-L-2006-002803

Visto que en fecha 26 de Febrero de 2009, oportunidad fijada por éste Tribunal para llevar a cabo medida ejecutiva de embargo, en virtud del cumplimiento voluntario adeudado a la parte actora, en la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano JOSE LEAL contra la empresa OTICECA, C.A.; y dado que ambas partes suscribieron acuerdo, este Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, se da por terminado, se ordena el cierre informático y el archivo del expediente.- ARCHIVESE.-

El Juez

La Secretaria

Abg. Felix Milano


Abg. Lorena Guilarte