ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-006561
PARTE ACTORA: CESAR AUGUSTO ALBINO CASTRO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NANCY GONZALEZ, ALIRIO ARTURO GOMEZ HERNANDEZ, RAYSABEL GUTIERREZ HENRIQUEZ, RAUL MEDINA, PATRICIA YAMILET ZAMBRANO, MIRNA PRIETO, MARIA CORREA, FABIOLA ALVAREZ, JUAN NETO, GABRIELA RUIZ, MARJORIE REYES, JOSETTE MAGGIE GOMEZ HENRIQUEZ, DANIEL ALBERTO GINOBLE GOMEZ, ADRIANA LINARES, LUISSANDRA MARTINEZ, MAURI BECERRA, MARIANA REVELES, MARIO ITRIAGO, YINESKA FRANCO, LUISSANDRA BELLORIN, RONALD AROCHA BOSCAN, THAHIDE PIÑANGO SOJO, MARYORI PARRA, CARLOS CARABALLO-GAVIDIA, RAFAEL PIÑA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES ARIBEL, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: BETZY JIMENEZ PIÑATE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veinticinco (25) de Marzo de dos mil nueve (2009), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Despacho el ciudadano CESAR AUGUSTO ALBINO CASTRO, de nacionalidad colombiana, identificado con cédula de ciudadanía 8.761.612, su apoderado judicial, Abogado MARIO JOSE ITRIAGO GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 125.700, quienes presentaron escrito de pruebas a los efectos de su comparecencia; y el ciudadano BARRIOS HERNANDEZ ARGENIS JOSE, titular de la cédula de identidad N° 3.989.662, en su carácter de Presidente de la empresa demandada CONSTRUCCIONES ARIBEL, C.A., y la apoderada judicial de la misma, Abogada BETZY JIMENEZ PIÑATE, quienes presentaron escrito de promoción de pruebas con motivo de la audiencia pautada. Quienes luego de haber sostenido las conversaciones correspondiente, y haber revisado los medios probatorios aportados a los autos, han decidido poner fin al presente juicio, por uno de los medios de autocomposición procesal, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual se rige por los términos siguientes: “Ambas partes, luego de un análisis exhaustivo, del caso que nos ocupa, y de una revisión de las sentencias relacionadas con el tema de la existencia o no del contrato de trabajo; en particular el emblemático caso de “FENAPRODO”, luego de realizado el test de la ajenidad; han concluido en llegar a un acuerdo que ponga fin al presente juicio, en los términos siguientes: La parte actora ciudadano CESAR AUGUSTO ALBINO CASTRO, debidamente asistido por su apoderado judicial, Abogado MARIO JOSE ITRIAGO GONZALEZ, manifiesta en el presente acto, desistir de la acción y del procedimiento instaurado en contra de la empresa CONSTRUCCIONES ARIBEL, C.A., señalando no tener nada que reclamar en contra de ésta, al no existir relación laboral que lo vinculara con la misma; por su parte la representación legal y judicial de la empresa demandada CONSTRUCCIONES ARIBEL, C.A., ciudadano BARRIOS HERNANDEZ ARGENIS JOSE, en su carácter de Presidente y la Abogada BETZY JIMENEZ PIÑATE, Apoderada Judicial, convienen en el desistimiento, tanto de la acción como del procedimiento expresado por la parte actora, condonando las costas que pudieran generarse con motivo del mismo; por lo que ambas partes, solicitan al Tribunal se homologue el presente desistimiento y se le otorgue el carácter de cosa juzgada, es todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES y por tanto el Desistimiento planteado en los términos expresados, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo se ordena hacer entrega a las partes de los escritos de pruebas presentados al inicio de la audiencia preliminar. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ
ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
LA PARTE ACTORA
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. IBRAISA PLASENCIA
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