REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Veinte (20) de Marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 149º

ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2009-000143.
PARTE ACTORA: CARMEN VICTORIA INSERRI PALMA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR INDUSTRIAS LIGERAS Y COMERCIO.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SYLVIA MARTINEZ VARGAS.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy Veinte (20) de Marzo de dos mil nueve (2009), siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la abogada SYLVIA MARTINEZ VARGAS inpreabogado N° 62.670 actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada la cual consigna poder de representación en original constante de un (1) folio, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198 ° y 149 °.
El Juez

La Secretaria

Abog. Eduardo Nuñez.
Karla Saez.




APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA