REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (3) de marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
ASUNTO : AP21-S-2009-000074
Vista la transacción celebrada en fecha 3 de marzo de 2009, entre la representación judicial de la parte oferente abogado JESUS LEOPOLDO, inscrito en el IPSA bajo el N° 97.802 y la ciudadana ANDREINA SALAVERRIA PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 15.394.221, en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por el abogado LUIS EDUARDO GARCIA GONZALEZ , inscrito en el IPSA bajo el N° 60.380, con la finalidad de poner término al procedimiento por oferta real de pago consignada por la empresa CORPORACION FACTORIA 27 C.A., por la cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES (Bs. 135.00) que cursa ante este Tribunal, las partes han transado en la cantidad de SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bsf. 7.364,00), este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su Reglamento en consecuencia, HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta. Asimismo, acuerda las copias certificadas solicitadas y, ordena dar por terminado el presente procedimiento y el archivo del expediente.
La Juez
Abg. Jhacnini Torres
La Secretaria
Abg. Yairobi Carrasquel
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