REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y
Nacional de Adopción Internacional
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, seis (06) de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-001575
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ARMANDO CASTELLUCCI M., Abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.406 procediendo en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana RAGIDA YAMOUL SALAH de HATEM, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.788.462, madre y representante de su hijo (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA) así como la aceptación y juramentación hecha por el Curador Especial designado, el ciudadano IMAD KLALILE YAMOUL SALAH, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.669.984, en beneficio del adolescente de autos ut-supra identificado. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 del Código Civil Venezolano, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley.
LA JUEZA,
Abg. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,
Abg. KARLA SALAS.
YCH/KS/Yvette
Motivo: Autorización (Discernimiento Curadora Especial)
ASUNTO: AP51-S-2009-001575