REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 31 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO: N° AP41-U-2008-000577.- INTERLOCUTORIA Nº 48.-
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha veintinueve (29) de Agosto de 2.008, conjuntamente con Acción de Amparo Constitucional, por ante el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, por los ciudadanos Luis Enrique Gandica Vivas y José Heli García González, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.136.707 y V-7.222.878, e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 31.849 y 43.920 respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la contribuyente “INVERSIONES TURÍSTICAS AZUL PROFUNDO, C.A.”, en contra de la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2008-000200 de fecha veintiocho (28) de Mayo de 2.008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Jerárquico ejercido por la contribuyente supra mencionada en fecha catorce (14) de Julio de 2.006, por ante la División Jurídico Tributaria de la precitada Gerencia Regional, en contra del acto administrativo contenido en la Resolución N° RCA/DFTD/2005-00000508 de fecha veintiocho (28) de Septiembre de 2.005 y sus correlativas Planillas de Liquidación, todas de fecha veintiuno (21) de Marzo de 2.006, en concepto de Multa, las cuales se detallan a continuación:
PERÍODO FISCAL N° DE LIQUIDACIÓN MULTA U.T.
12/2003 01-10-01-2-26-004609 200
01/2004 01-10-01-2-26-004610 100
02/2004 01-10-01-2-26-004611 100
03/2004 01-10-01-2-26-004612 100
04/2004 01-10-01-2-26-004613 100
05/2004 01-10-01-2-26-004614 100
06/2004 01-10-01-2-26-004615 100
07/2004 01-10-01-2-26-004616 100
08/2004 01-10-01-2-26-004617 100
09/2004 01-10-01-2-26-004618 100
10/2004 01-10-01-2-26-004619 100
11/2004 01-10-01-2-26-004620 100
12/2004 01-10-01-2-26-004621 100
01/2005 01-10-01-2-26-004622 100
02/2005 01-10-01-2-26-004623 100
03/2005 01-10-01-2-26-004624 100
04/2005 01-10-01-2-26-004625 100
05/2005 01-10-01-2-26-004626 100
07/2005 01-10-01-2-27-001237 25
estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los treinta y un (31) días del mes de Marzo de dos mil nueve (2.009). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez Temporal,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.- La Secretaria Suplente,
Judith Hidalgo Jiménez.-
ASUNTO N° AP41-U-2008-000577.-
GAFR/mtr.-
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