REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 02 de marzo de 2009
Años 198° y 150°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana MARIA PINEDA DUQUE, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 24.063, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual, se da por notificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 26 de enero del presente año y asimismo solicita se libre boleta de notificación a la parte actora ciudadana Mirna Relic Ninkovic y/o en la persona de su representante legal ciudadana Ana Maria Villarreal, abogado en ejercicio e inscrita en el inpreabogado, bajo el Nro. 81.936, este Juzgado acuerda de conformidad. En consecuencia, ordena librar boleta a objeto que el alguacil encargado, practique la notificación a la parte demandada, conforme a lo establecido en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
EL JUEZ,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS DOMINGO MATA

VGJ/RDM/JENNY

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 02 de marzo de 2009
Años 198° y 150°

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER

A la ciudadana MIRNA RELIC NINKOVIC, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.810.091, y/o a su apoderado judicial Ana Maria Villarreal, abogado en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 81.936, que en fecha 26 de enero de 2009, este Tribunal dicto sentencia en el juicio que incoare contra la ciudadana LINDA CURTIS DE SODERMAN, signado con el expediente Nº 9705 (Nomenclatura interna de este Juzgado). Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ,

Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
VGJ/JENNY
Exp.9705