REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 11 de marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º


JUEZ: Abg. Zobeida M. Romero Zarzalejo.
EXPEDIENTE Nº: AP31-M-2008-000322
FECHA DE ENTRADA DEL EXPEDIENTE: 30 de mayo de 2005.
FOLIOS: 84 Cuaderno Principal.
MOTIVO: Cobro de Bolívares (Tarjeta de Crédito).
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZADEDEFINITIVA: Homologación de Desistimiento.
IDENTIFICACIÓN
PARTE ACTORA: BANCO FEDERAL, C.A.
PARTE DEMANDADA: JOSÉ GALEA ULLOA.
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Vista la diligencia que antecede, presentada por la abogada INGRID FERNÁNDEZ MARCANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 70.535, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual manifiesta desistir del procedimiento. Al respecto el Tribunal observa.
Dicho desistimiento fue realizado antes de la contestación de la demanda, por lo que no es necesario el consentimiento de la parte demandada, está debidamente facultada dicha apoderada, para desistir del procedimiento, según consta del poder otorgado por su representada, en fecha 29-04-2008, ante la Notaría Pública Vigésimo Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 13, Tomo 23, y el presente juicio se trata de materia en las cuales no están prohibidas las transacciones. En consecuencia, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara consumado el acto de desistimiento presentado en fecha 10 de marzo de 2009, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, a tenor de lo establecido en los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los 11 días del mes de marzo de dos mil nueve (2009). Años 198° y 150°
LA JUEZA TITULAR,

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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.
En la misma fecha, siendo las 10:00 de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.


ZMRZ/VR/nataly.
Exp: AP31-V-2008-00322

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS


CERTIFICACIÓN:

VIOLETA RICO CHAYEB, Secretaria Titular del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas: CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original, el cual corre inserto al expediente Nº AP31-V-2008-00322, con motivo del juicio que por Cobro de Bolívares (Tarjeta de Crédito), sigue BANCO FEDERAL, C.A., contra JOSÉ GALEA ULLOA.Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, once (11) de marzo de dos mil nueve (2009). Años: 198º y 150º.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.

VR/ng.
Exp: AP31-V-2008-00322