Nº DE EXPEDIENTE: NP11-L-2008-001132
PARTE ACTORA: BEATRIZ DEL VALLE GOITTE FAJARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N14.011.993, de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abg. YASMORE PEÑA; Inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 76.152, de este domicilio
PARTE DEMANDADA: CONCEJO MUNICIPAL BOLIVARIANO DEL MUNICIPIO MATURIN.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. JOSE GREGORIO SILVA, Inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 97.773, de este domicilio.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En horas de despacho del día de hoy, veintiséis (26) de marzo de dos mil nueve (2009), siendo el día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la audiencia conciliatoria en la presente causa, comparecieron por ante este Tribunal por una parte, la ciudadana BEATRIZ DEL VALLE GOITTE FAJARDO, parte actora asistida por la Procuradora de Trabajadores, abg. Yasmore Peña; anteriormente identificadas; y por la otra, el Abg. Francisco Villalba S, titular de la cédula de identidad Nro. 8.315.823, en su carácter de Consultor Jurídico del CONCEJO MUNICIPAL BOLIVARIANO DEL MUNICIPIO MATURIN, y el Abg. José Gregorio Silva, ya identificado. El Tribunal pasa a dejar constancia de lo expresado por las partes, expresando la representación patronal acuerda pagarle a la actora BEATRIZ DEL VALLE GOITTE FAJARDO, la suma de DIECISIETE MIL SETENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON 20/100 (Bs.F. 17.075,20), por todos y cada uno de los conceptos explanados en el libelo de la demanda, indican que este monto se paga en este acto a través de cheque Nro. 49001343, librado contra la cuenta corriente Nro. 0425-0013-59-0200012746, del Banco Mi Casa; la actora, previa consulta con su abogada asistente recibe a satisfacción el mencionado cheque, y manifiesta que nada más tiene a reclamar a la demandada por la relación laboral que los vínculo. Se acompaña copia de Gaceta Municipal Extraordinaria a través de la cual se designa al Abg. Francisco Villalba S, como Consultor Jurídico del Concejo Municipal Bolivariano de Maturín. El Tribunal verificados los extremos de Ley, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el acuerdo alcanzado, dándole efectos de COSA JUZGADA, ordenando el archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente. En este estado las partes solicitan se les expidan copias certificadas de la presente acta a los fines de su exclusivo interés. El Tribunal acuerda de conformidad.
La Jueza Titular.
Abg. Ana Beatriz Palacios González El Secretario
La Actora y su Abogada Asistente.
El Consultor Jurídico de la demandada y su apoderado judicial.
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