REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (10) de MARZO de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2008-006233
Visto el escrito presentado por ante este Juzgado en fecha: 09 de marzo de 2009, por el ciudadano JOSE HENAO titular de la C. I. 12.500.741, asistido por la abogada NADJA PEÑA IPSA Nº 60.255, parte actora y por la otra el abogado JOSE DE ABREU IPSA Nº 101.952 apoderado judicial de la parte demandada EL CARRETÓN, S. R. L. según consta de poder que cursa en copia simple, documento constante de dos folios útiles y anexo consigna copia del cheque, constante de un folio útil., en el mencionado escrito ambas partes celebran una transacción, en la cual describen una relación circunstanciada de la misma.
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por las partes anteriormente identificados actuando en su carácter de parte actora y en su carácter de parte demandada, luego de examinar el contenido de la presente Transacción celebrada, constatado que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, procede de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y que es un medio de auto composición procesal procede a impartir su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,
CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA

Abg. JERALDINE GUIDIÑO