REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TRIGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
197° y 148°

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008 -005054
PARTE ACTORA: JULIO CESAR GOMEZ VIVAS, identificado con la cédula de identidad No. V-9.248.405
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: SCHLUMBERGER VENEZUELA S. A. debidamente identificadas en autos.
APODERADO (A) JUDICIAL DE LA DEMANDADA: MONICA FERNANDEZ ESTEVEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


ACTA DECLARANDO EL DESITIMIENTO

En horas del día de hoy, (25) de marzo del año dos mil nueve (2009) siendo las: 02:00 p. m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció dicho acto con las formalidades de Ley, compareciendo por ante este JUZGADO TRIGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, la parte accionada comparece la Dra. MONICA FERNANDEZ ESTEVEZ, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.83.742, quien es la apoderada judicial, según se evidencia de poder que cursa en el presente expediente en copia simple, así las cosas seguidamente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, tal como consta de copia simple de acta emitida de la oficina de apoyo directo a la actividad jurisdiccional de este Circuito Judicial, de ordena incorpora al presente expediente. En consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley forzosamente CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198 ° y 150 °.
El Juez,
CARLOS ACHIQUEZ MEZA


LA SECRETARIA
Abg. JERALDINE GUIDIÑO


Apoderado (s) Judicial (s) de la Parte(s) Demandada(s)