ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000323

PARTE ACTORA: GUSTAVO ANTONIO ROMERO MORALES
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JASMIN HAZAHAY NEGRIN
PARTE DEMANDADA: PROTECCION, SEGURIDAD, VIGILANCIA e INVESTIGACIONES PRIVADAS C.A. ( PROSEVIPCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARBELLA FERNANDEZ MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 10 de Marzo de 2009, a las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana JASMIN HAZAHAY NEGRIN, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.632, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano GUSTAVO ANTONIO ROMERO MORALES, plenamente identificado en autos, y los abogados en ejercicio MARBELLA FERNANDEZ, inscritos en el IPSA bajo el N° 42.000, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, seguidamente las partes manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo, “La parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs. 4.892,48, por los conceptos de: Prestación de antigüedad, intereses sobre prestación de antigüedad, indemnización por despido artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Utilidades fraccionadas, vacaciones y bono vacacional fraccionados, el cual es pagado el día de hoy, mediante cheque N° 32024399, de la cuenta corriente N° 01340359733591055122, a nombre del actor, librado contra BANESCO, a los fines de dar por concluido el presente juicio” . En este estado la representación judicial de la parte actora señala, “Acepto la cantidad ofrecida sin más nada que reclamar”. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático.
Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez

Abg. Gloria García Guzmán

Apoderada parte actora

Apoderada parte demandada

El Secretario

Oscar Javier Rojas