REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

PARTE DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL DINOMOTORS C.A.
PARTE DEMANDADA: TULIO RAFAEL PULGAR GOMEZ
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO CON RESERVA
DE DOMINIO
EXPEDIENTE N°: 10779
Maracay, 20 de Marzo de 2009.-
198º y 150º
Vista la diligencia que antecede que riela en el folio noventa cuatro (94) estampada por el Abogado JUAN CARLOS RUGGIANTONI PADRÓN, Inscrito por ante el Inpreabogado 29.769, en su carácter de apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL DINOMOTORS C.A, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal dá por consumado el desistimiento del presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se levanta la medida secuestro recaída sobre un Vehiculo, clase automóvil, año 2002, marca Chevrolet, modelo Astra con, tipo sedan, serial de carrocería 8Z1TG52862V336014, serial de motor 62V336014, color rojo, placas DBO-65R, stock 4438, decretada en fecha 21 de Noviembre 2005, que riela en el folio 85. En consecuencia se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
LA SECRETARIA TEMPORAL,

NURY CONTRERAS
RCP/nc/jorge.-
EXP Nº 10779