TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN CAGUA
198º y 150º


Cagua, 31 de Marzo de 2009


Por recibida y vista la anterior solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, junto con sus recaudos anexos, presentada por los Ciudadanos LUIS ENRIQUE ALVAREZ HERRERA Y FRANCIA ISABEL MATUTE SALAZAR, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédulas de Identidad Números V-6.034.662 y V-7.183.769, asistidos por el Abogado ROMER ANGEL MUÑOZ CEDEÑO, Inpreabogado N° 132.017. Désele entrada, fórmese expediente, y sígasele el curso de Ley. Ahora bien, por cuanto de la revisión del libelo, se observa que ciertamente los solicitantes, ciudadanos: LUIS ENRIQUE ALVAREZ HERRERA Y FRANCIA ISABEL MATUTE SALAZAR, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédulas de Identidad Números V-6.034.662 y V-7.183.769, fijaron su ultimo domicilio conyugal en la Urb. La Esperanza, Primera Avenida, N° 30, Maracay del Estado Aragua, razón por la cual, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Código de Procedimiento Civil, se Declara Incompetente por razón del Territorio, para conocer y decidir el presente procedimiento, razón por la cual DECLINA su competencia al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a quien se ordena remitir el presente expediente, para que conozca de la misma. Désele salida. Líbrese Oficio.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO,


CAMILO CHACÓN HERRERA

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

EL SECRETARIO,
Solicitud Nº 09-15711
EPT/CHH/vanessa.-