REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, once (11) de marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2008-000355
PARTE ACTORA: ALEXANDER DELGADO MARTINEZ, Titular de la cedula de identidad Nro. 10.341.085
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NATALY MARIA TOVAR VELASQUEZ, NATALY COROMOTO MARQUEZ GONZALEZ, inpreabogados Nro. 122.970 y 39.260 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ANTONIO SOTO, titular de la cedula de identidad Nº V-5.577.344
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, miércoles, once (11) de marzo de 2009, siendo día y hora fijado, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma por la parte actora los ciudadanos: ALEXANDER DELGADO MARTINEZ, Titular de la cedula de identidad Nro. 10.341.085 y sus apoderadas judiciales las Abogadas NATALY MARIA TOVAR VELASQUEZ, inpreabogado Nro. 122.970, cuya acreditación que consta a los autos. Antes de iniciar la Audiencia, el Alguacil hace el anuncio respectivo en la Sala de espera de este Circuito e indica al Tribunal que, solo compareció a la Audiencia la parte actora, en la persona de su apoderada judicial NATALY MARIA TOVAR VELASQUEZ, inpreabogados Nro. 122.970, por lo que el Tribunal deja constancia de que a la hora del anuncio de la audiencia no se encontraba presente ANTONIO SOTO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-5.577.344, en su carácter de demandado, ni por si ni por medio de representante legal consecuencia vista, LA INCOMPARECENCIA A ESTA AUDIENCIA DE LA PARTE DEMANDADA este tribunal debe forzosamente en el dispositivo del fallo oral declarar LA ADMISION DE LOS HECHOS.
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuesta este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara, LA ADMISION DE LOS HECHOS EN CONSECUENCIA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano ALEXANDER DELGADO MARTINEZ, Titular de la cedula de identidad Nro. 10.341.085, en contra del ciudadano ANTONIO SOTO, titular de la cedula de identidad Nº V-5.577.344, y se reserva motivar los montos y conceptos a pagar los cuales serán debidamente especificados en el fallo que será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, haciendo del conocimiento de las parte que solo una vez que transcurra el mismo comenzará a computarse el lapso para el ejercicio de los recursos a que hubiere lugar. Es todo.-
LA JUEZA,

Dra LILIAM PEREZ

LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO,

ABG. GIOVANNI RUOCCO
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2008-000355