REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 27 DE MARZO DE 2.009
198º y 150º


Expediente: 21711
parte actora: ARELIS CAMACARO, titular de la cédula de identidad Nº9.621.322
parte demandada: FRAY LUIS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.359.299
Motivo: Pensión de Alimento a favor de los niños *******y *******

Por cuanto de la Empresa Alfarería Soco C.A., remitió a este Despacho, cheque Nro. 16773706, del Banco Federal, por la cantidad de NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTE CON 14/100 (996,14 Bs.F.), monto correspondiente a la retención ordenada de las prestaciones sociales, con motivo de la culminación de la relación laboral que existía entre Alfarería Soco C.A. y el ciudadano FRAY LUIS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.359.299.-
Este Tribunal en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 521 de la L.O.P.N.A., fija cuatro (04) pensiones, cada una por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTISEIS BOLÍVARES FUERTES CON 67/100 (Bs. F.226,67).-
Por cuanto se observa que el ciudadano FRAY LUIS RODRIGUEZ, dejo de laborar en la Empresa Alfarería Soco C.A., el 12 de Diciembre de 2008, y que los niños ******* y ******, no han recibido el pago de las pensiones.- En consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Banco Banfoandes a los fines de que haga entrega de la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTE CON 01/100 (Bs.F.680,01) correspondiente a las pensiones atrasadas de los meses de Enero, Febrero, Marzo del 2009. Igualmente sea autorizada por este Tribunal a los fines de que retire la cantidad de (Bs.F.226,67) de la cuenta de Ahorro Nº0007-0087-81-0010005347, hasta agotarse la cantidad. Igualmente le sea entregado el remanente y los interese que se generen por la misma. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA
ABG EUMELIA VELASQUEZ M. LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
En la misma fecha se libro oficio Nº879/09.-
LA SECRETARIA

EV/JA/AAD
Exp. Nº 21.711