REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSE
RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 31 DE MARZO DE 2009
198º y 150º
PARTE ACTORA: CARMEN MALGIA ALVAREZ titular de la cedula de identidad N° 4.311.998.
APODERADOS O ABOGADOS ASISTENTES: ANGEL LUIS ULLOA Inpreabogado Nº 44.921
PARTE DEMANDADA: MILDRED DEL CARMEN MUÑOZ CALDERON titular de la cedula de identidad N° 12.355.212.
APODERADOS O ABOGADOS ASISTENTES: DEYVIS E LOPEZ G. Inpreabogado N° 87.663
MOTIVO: DESALOJO
EXPEDIENTE Nº 3458-07
Se inician las presentes actuaciones por demanda presentada en fecha 15 de Octubre de 2007, por la ciudadana CARMEN MALGIA ALVAREZ asistida por el abogado ANGEL LUIS ULLOA
En fecha 16 de Octubre de 2.007, fue admitida la demanda y se ordenó la citación de los demandados.-
En fecha 01 de Noviembre de 2007 se deja constancia de haberse librado la compulsa y le fue entregada al Alguacil para que realice la misma.
En fecha 14 de Enero de 2008 mediante diligencia el alguacil de este juzgado deja constancia que no fue posible localizar a la persona a ser citada.
En fecha 24 de Marzo de 2008 mediante diligencia la parte actora solicita el avocamiento de la Juez y la citación por carteles.
En fecha 27 de Marzo de 2008 se dicto auto de avocamiento de la causa de la ciudadana Juez Yenny Zulaima Morales Verenzuela.




En fecha 06 de Mayo de 2008 mediante diligencia la parte actora solicita la citación por carteles.
En fecha 14 de Mayo de 2008 se dictó auto acordando la citación por cartel.
En fecha 02 de Octubre de 2008 mediante diligencia la parte actora consigna los carteles que fueron publicados.
En fecha 02 de Octubre de 2008 mediante diligencia la ciudadana CARMEN MALGIA ALVAREZ parte actora confiere poder Apud Acta al abogado ANGEL LUIS ULLOA.
En fecha 11 de noviembre de 2008 mediante diligencia el ciudadano Secretario de este Juzgado deja constancia de haber fijado Cartel de citación de la parte demandada.
En fecha 15 de Diciembre de 2008 mediante diligencia el abogado apoderado de la parte actora solicita se nombre Defensor de Oficio al demandado.
En fecha 17 de Diciembre de 2008 se dicto auto nombrándose el defensor de oficio de la parte demandada.
En fecha 24 de Marzo de 2008 mediante diligencia el ciudadano alguacil deja constancia de haber notificado al abogado de su designación de Defensor de oficio.
En fecha 26 de Marzo de 2008 mediante diligencia el abogado apoderado de la parte actora Desiste del procedimiento en el presente juicio
En fecha 26 de Marzo de 2008 mediante diligencia el abogado Deyvis López acepta la designación de Defensor de oficio y presta Juramento.
Por recibida y vista la diligencia presentada en fecha 26 de Marzo de 2009, suscrita por el ciudadano ANGEL LUIS ULLOA, parte actora en el presente proceso. El tribunal encuentra llenos los extremos del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Con vista a lo anterior el tribunal observa que, en el DESISTIMIENTO, efectuado por el ciudadano abogado apoderado ANGEL LUIS ULLOA parte actora en el presente proceso, se encuen-




tran cumplidos todos los demás requisitos de eficacia y validez de las mismas, este juzgado considera que es procedente dicho desistimiento