En el día de hoy, Dieciséis (16) de Marzo de 2009, siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a fin de practicar medida ejecución forzosa relativa a la ENTREGA MATERIAL del Inmueble ubicado en la Avenida Carabobo Sur 108, Barrio Santa Rosa, en esta ciudad de Maracay, estado Aragua, Municipio Girardot, y EMBARGO EJECUTIVO por la cantidad Bs. F. 1.955,oo decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentó el abogado FRANCESCO CAMPANELLA CASSATA, actuando a titulo personal y sus propios derechos, en contra del ciudadano EFREN JOSE SANCHEZ MATOS, titular de la cédula de identidad Nº 3.220.554. Se trasladó y constituyó el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a cargo de la ciudadana Jueza Provisorio, Abogado FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO y la Secretaria Accidental Ciudadana ROSA BELLO, quien fue debidamente designada y juramentada a tal efecto; al Inmueble Ubicado en la Avenida Carabobo Sur 108, Barrio Santa Rosa, en esta ciudad de Maracay, estado Aragua, Municipio Girardot gua, Municipio Girardot, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con garaje y pasillo de circulación que da acceso a las demás dependencias de la citada casa; SUR: Estacionamiento de Rodamientos Rovi; ESTE: Avenida Carabobo, la cual da a su frente y OESTE: Local comercial que actualmente ocupa la empresa Distribuidora Texpunto, C.A., en compañía de la parte actora abogado FRANCESCO CAMPANELLA CASSATA, actuando a titulo personal y de sus propios derechos; y de los Auxiliares de Justicia, representante legal de la depositaria Judicial La Nacional C.A., ciudadano JOSE FELIX CASTILLO, y perito avaluador ciudadano GABRIEL TORRES quienes fueron designados y juramentados. El Tribunal en cumplimiento de la comisión conferida procedió a dar los toques de ley a la puerta del referido inmueble, previa verificación de los linderos; en el cual no respondió persona alguna, observándose asimismo que el inmueble se encuentra cerrado; por lo que el Tribunal se traslado al local vecino TEXPUNTO, C.A., y fue atendido por un Ciudadano que se identifico como LARA DELFIN ANTONIO, C.I. Nº 2.520.889, quien manifestó ser el encargado de mencionada Empresa, y a quien el Tribunal le impuso de su misiòn, indicando el notificado a este Juzgado que las personas que estaban en el inmueble vecino se habían mudado el fin de semana. Es todo. En estado la parte actora expone: “Por cuanto el inmueble objeto de la medida de encuentra cerrado, pido al Tribunal designe cerrajero a los fines de que aperture la puerta del mismo. Es todo. En este estado el Tribunal visto lo solicitado por la parte actora Abogado en ejercicio FRANCESCO CAMPANELLA CASSATA, designa como cerrajero al Ciudadano: LOZADA PARRA JOSE MANUEL, titular de la Cèdula de identidad Nº 14.691.635, Venezolano, mayor de edad, y de este domicilio, quien estando presente expuso:” Acepto el Cargo y juro cumplirlo bien y fielmente, con los deberes inherentes al mismo. De inmediato el cerrajero designado procediò a abrir la puerta del inmueble plenamente identificado en la presente acta. El Tribunal una vez aperturada la Santamaría del Inmueble, y con la asesorìa del perito designado procede a dejar constancia del estado en que se encuentra el Inmueble, el cual estaba sin persona alguna, ni bienes muebles; pintura en general en mal estado, el friso de la paredes presenta desprendimiento del mismo, los artefactos sanitarios en mal estado, piso de laminas konker en mal estado, presenta basura en pipotes de cartón y bolsas negras llenas de basura, el inmueble amerita pintura y limpieza en general. Es todo. En este estado este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a la presente comisión procede en este acto a la entrega material del Inmueble Ubicado en la Avenida Carabobo Sur 108, Barrio Santa Rosa, en esta ciudad de Maracay, estado Aragua, Municipio Girardot, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con garaje y pasillo de circulación que da acceso a las demás dependencias de la citada casa; SUR: Estacionamiento de Rodamientos Rovi; ESTE: Avenida Carabobo, la cual da a su frente y OESTE: Local comercial que actualmente ocupa la empresa Distribuidora Texpunto, C.A. a la parte actora abogado FRANCESCO CAMPANELLA CASSATA, actuando a titulo personal y de sus propios derechos., a quien el Tribunal de la causa ordeno hacerle la entrega del inmueble plenamente identificado, y quien estando presente expone: Recibo el inmueble plenamente identificado, en el estado en que se encuentra. Es todo. En este estado la Apoderada parte actora expone: En cuanto al Embargo Ejecutivo por la cantidad de Bs.F. 1.955, me reservo el derecho a señalar posteriormente bienes propiedad de la parte demandada. Es todo. En este estado el Tribunal Vista la manifestación efectuada por la parte actora procederá al embargo ejecutivo una vez que la parte interesada solicite oportunidad para la práctica del mismo. Es todo. Se deja constancia, que la practica de la presente medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanada de la Comisiòn de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aun vigente. Cumplida su misión el Tribunal ordena su regreso a su sede habitual siendo la 11:30 de la mañana. Termino, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA PROVISORIO,

ABG. FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO.



PARTE ACTORA


EL NOTIFICADO



CERRAJERO PERITO DEPOSITARIO






LA SECRETARIA SUPLENTE,

ROSA AURA BELLO GUZMAN
22-2009