En el día de hoy, treinta y uno (31) de Marzo del Dos mil nueve, siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la materialización de la presente comisiòn, se trasladó y constituyó el JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, a cargo de la ciudadana Jueza Provisorio Abogado FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO y la ciudadana Secretaria Accidental Ciudadana ROSA BELLO, debidamente designada y juramentada;
también presentes los auxiliares de justicia, representante de la depositaria Judicial La Nacional, ciudadano JOSE FELIX CASTILLO y perito avaluador ciudadano GABRIEL TORRES quienes se encuentran debidamente designados y juramentados, a fin de continuar con la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Estado Aragua, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue el ciudadano RUBEN ALFREDO ALBORNOZ URDANETA en contra de la Sociedad Mercantil AGECA SUMINISTROS C.A., en compañía del ciudadano ALBORNOZ URDANETA RUBEN ALFREDO, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 7.224.034 asistido por el abogado en ejercicio WILLMER HUMBERTO OVALLES FUENTES, inpreabogado Nº 78.687. Se constituyó este Tribunal Segundo Ejecutor en la siguiente dirección: Primer Callejón el Comando, galpón Nº 42, La Cooperativa, Municipio Girardot del Estado Aragua, sitio señalado por la parte actora, previa verificación de la dirección antes indicada con la asesorìa del perito, este Tribunal en cumplimiento de la comisión conferida procedió a dar lo toques de ley, al portón donde se encuentra constituido, no respondiendo persona alguna y observándose a través de una ventana que el lugar estaba sin persona alguna, y solo se podía visualizar en su interior un camión viejo; por lo que tratándose la presente medida de un embargo preventivo, este Tribunal se abstiene de practicar la misma. Es todo. Se deja constancia, que la practica de la presente medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanada de la Comisiòn de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aun vigente. Es todo. Cumplida su misiòn ordena su regreso a su sede habitual, siendo las 11:40 de la mañana. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA PROVISORIO,


ABG. FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO.


EL ACTOR Y SU ABOGADO ASISTENTE,

EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL


EL PERITO,

LA SECRETARIA SUPLENTE

ROSA BELLO

Com. 91-2007