En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano CARMEN ELENA LINARES DE PACHECO, titular de la cédula de identidad No.10.123.625 y su apoderada judicial, arriba identificada, y el abogado EFREN AVILA, INPREABOGADO No.34.809, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada como consta en el instrumento poder inserto en autos. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto en procura de la mediación. En este estado, las partes manifiestan su intención de poner fin al presente procedimiento, donde la parte demandada ofrece pagar la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.4.000,00) en dinero efectivo, dicha cantidad comprende los siguientes conceptos: antigüedad artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, día adicionales establecidos en el citado artículo, vacaciones y bono vacacional fraccionadas, utilidades, articulo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo; la trabajadora CARMEN ELENA LINARES DE PACHECO, titular de la cédula de identidad No.10.123.625, recibe en este acto la cantidad de dinero, arriba señalado, manifestando que esta conforme con el monto arriba señalado y con dicho pago la parte demandada no tiene nada que deberme, por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales, afirmación esta que corrobora su abogada.
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