En el día de hoy Martes 10 de Marzo de 2009, siendo las 02:00 p.m., previa solicitud de ambas partes que se encuentran arriba identificadas, de llevar a cabo una audiencia Conciliatoria en el presente asunto. En éste estado la ciudadana juez la acuerda y declara abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de poner fin al presente procedimiento en fase de Ejecución, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 30.000,00), para ser pagado en tres (03) pagos parciales mensuales de DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES CADA UNO, (Bs. F. 30.000,00), de la siguiente forma: Un Primer Pago el día de hoy a través de cheque Nro. 03016141, con fecha del día de hoy, elaborado a nombre del Trabajadora MARIELBA RIVERO, girado contra la cuenta 01080016170100052218, del Banco Provincial. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los conceptos condenados en el presente asunto Así mismo hace entrega en este acto del pago de las Costas de Ejecución el cual acordaron las partes en la cantidad de Bs. F. 5.000,00 el cual pagan en este mismo acto a través de cheque Nro. 03016154 y efectúa el pago de la experta contable Lic. Gladys Sandoval, por la cantidad de Bs. F. 1.785,42; para se pagado a través de cheque Nro. 03016166, y que recibe en este acto en virtud de encontrarse presente en el acto, firmando el acta en señal de conformidad. El segundo y el ultimo pago, lo harán en la sede del Tribunal, a las 02:00 p.m., por la cantidad señalada supra, a favor de la actora lo hará los días 13 de Abril del año 2009, y el 11 de mayo del mismo año 2009. En éste estado la Parte Actora, solicita la devolución del original del Poder Judicial, lo que es acordado por la ciudadana Jueza, así mismo declara la apoderada de la parte atora que oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio de su mandante y condenado en el presente asunto.