REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, seis (06) de mayo de 2009.
198º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2009-000024
PARTE ACTORA: VICTOR JOSE RODRIGUEZ MENDOZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MILAGROS BOLIVAR, Inpreabogado No.
PARTE DEMANDADA: FLETES SIDERURGICOS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO JULIO HERNANDEZ, Inpreabogado No.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, seis (06) de mayo de 2009, día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÒN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, y en vista que no se encuentra presente la parte actora y de conformidad con la reiterada y pacifica jurisprudencia emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y con la anuencia del apoderado de la parte actora, se acuerda dar un lapso de espera a la parte actora de treinta (30) minutos, transcurridos íntegramente éstos, se declaro abierto el acto. En este acto se deja constancia que ha comparecido a la misma por la parte demandada el ciudadano abogado PEDRO JULIO HERNANEZ, Inpreabogado No. 62.998, con el carácter acreditado en autos y que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, a los seis (06) días del mes de mayo del año dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA,
VIVIANA ELIZABETH PARRA SILVA
LA SECRETARIA,
Abg. LORENA MARIÑO.
LA SENTENCIA ANTERIOR SE PUBLICÓ EN SU FECHA, SIENDO LAS 11:30 a.m.
LA SECRETARIA,
Abg. LORENA MARIÑO.
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