REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 11 de Mayo de Dos Mil Nueve.
199° y 150°
Vistos la diligencia y su anexo consignados por la ciudadana DURVIN COROMOTO FAJARDO ARELLAN, debidamente asistida por la Defensora Pública Tercera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Estado, Abogada ANAIS NOGUERA, este Tribunal acuerda agregarlos a los autos y autorizar a la ciudadana DURVIN COROMOTO FAJARDO ARELLAN a retirar de la cuenta de ahorro signada con el N° 0007-0069-02-0010017717 de la Entidad Bancaria BANFOANDES, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), los cuales deberán ser destinados para la adquisición de un (01) Juego de Cuarto Modular, Un (01) Aire Acondicionado de 18.000 BTU y Un (01) Televisor de 21 Pulgadas para sus hijos (Cuyas Identificaciones Se Omiten, De Conformidad Con El Artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescente) . Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA
Abg. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.
LA SECRETARIA
Abg. MARIA FABIOLA TEPEDINO
EXP. N° 5797-07
JACKISS