REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 11 de Mayo de Dos Mil Nueve.
199° y 150°
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana IRIS SOFIA FIGUEROA BARCELO, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio DIONELIS BRITO COVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100.445, en la cual solicita medida de embargo sobre el treinta Por Ciento (30%) de las Prestaciones Sociales que le puedan corresponder al ciudadano GELSON DAVID GARCIA en caso de retiro o despido de su empleo, en virtud del incumplimiento de la Obligación de Manutención, este Tribunal decreta medida de Embargo sobre la cantidad equivalente a Treinta y Seis (36) mensualidades, a razón de Ochocientos Bolívares (Bs. 800,00) cada una, las cuales deberán ser retenidas de la Liquidación de Servicios que le pueda corresponder al Obligado alimentario en caso de retiro, despido, jubilación, muerte o cualquier otra causa que ponga fin a la relación de trabajo. Ofíciese lo conducente a la Empresa ESVENCA, ubicada en la carretera Nacional vía Caripito, Maturín, Estado Monagas. Se libró oficio N° 16905-09.
LA JUEZ PROFESIONAL SEGUNDA
Abg. ELINA CIANO DE COOL´S
LA SECRETARIA
Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
Exp. N° 19728
JACKISS