REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 7

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 07
Caracas, 04 de Mayo de 2009
199° y 150°
EXPEDIENTE Nº 3468-09
JUEZ PONENTE: DRA. VENECI BLANCO GARCÍA

Vista la Inhibición planteada por el Dr. ELIAS ALVAREZ LEAL, en su carácter de Juez del Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en el artículo 86, numeral 7 en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de los ciudadanos VICTORIA RASMIED MARFIL OVIEDO y VICTOR RASMIED MARFIL OVIEDO, por la comisión del delito de FRAUDE AGRAVADO CONTINUADO, previsto y sancionado en los artículos 14 y 27 numeral 2 de la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, y para el último de los nombrados a título de FACILITADOR, conforme a lo previsto en el artículo 84.3 eiusdem, signada bajo el número 41°C-8783-07 (nomenclatura del Juzgado en mención); y por cuanto en ella se expresan los motivos en que se funda y fue propuesta en la oportunidad legal correspondiente, se declara ADMISIBLE la mencionada inhibición, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 96 del texto adjetivo penal. Igualmente se ADMITE la prueba ofrecida consistente en copia de la audiencia preliminar de fecha 14 de mayo de 2007 y copia del auto fundado de la decisión mediante la cual se motivó la nulidad del escrito acusatorio de fecha 17 de mayo de 2007, por estimarla útil y necesaria.
LA JUEZ PRESIDENTE


DRA. RITA HERNÁNDEZ TINEO

LOS JUECES INTEGRANTES


Dra. VENECI BLANCO GARCIA Dr. RUBÉN DARÍO GARCILAZO
(PONENTE)


LA SECRETARIA,

ABG. ÁNGELA ATIENZA CLAVIER

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. ÁNGELA ATIENZA CLAVIER


RHT/RDG/VBG/
Causa N° 3468-09