ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001918

En el día de hoy, 28 de mayo de 2009 siendo las 11:00 a.m. día y hora para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de las partes; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, declara DESISTIDO EL PROCESO, por lo que se da por terminado. Publíquese y Regístrese. Déjese copia. Es Todo. Treminó, se leyó y conformes firman:

La Juez

Abg. Neyireé Toledo


El secretario

Abg. Jean López