REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de mayo del 2009

ASUNTO n° AP21-L-2009-002051

Se da por recibido el presente asunto el cual fue remitido mediante oficio por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines de su tramitación. Visto escrito transaccional presentado mediante diligencia de fecha 18.05.2009, por los abogados Yleny Duran en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano Freddy Parra Mendez y el abogado José Erasmo García en su carácter de apoderado judicial de la demandada sociedad mercantil denominada “C.A. Serenos Asociados de Anzoategui”; el cual actuó conforme a las facultades que le fueron conferidas por la accionada, en razón de ello este Tribunal imparte su aprobación a dicho acuerdo y homologa este medio de autocomposición procesal en los términos expuestos por las partes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil.. Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive-

La Juez,
_____________________
OLGA ROMERO.
La Secretaria,
________________________
CLAUDIA YÁNEZ CORREA.