REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS NACIONAL Y DE ADOPCION INTERNACIONAL
Sala de Juicio IV
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2006-013154
Motivo: Autorización Judicial para Cobrar.
Solicitante: Petra Maria Villalba, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº. V-2.410.839.
Joven: Nazareth Gregoria y Nahilcris Fransay Suárez Colmenares respectivamente.
Recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) diligencia presentada por el abogado Luís Maria Fermín Rincones, inscrito en el inpreabogado bajo el número 2.916, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas Nazareth Gregoria y Nahilcris Fransay Suárez Colmenares respectivamente, mediante el cual solicita autorización para movilizar la cuenta de ahorro del Banco Industrial de Venezuela, por haber cumplido la mayoría de edad. Ahora bien, revisadas las Actas que conforman el presente asunto y vista la diligencia de fecha 08/05/2009 contentivo de la solicitud de autorización por mayoría de edad de las ciudadanas Nazareth Gregoria y Nahilcris Fransay Suárez Colmenares, y visto igualmente las Actas de Nacimientos Nos 2568 y 614 que corren insertas a los folios 04 y 05 del presente expediente, de la cual se evidencia que efectivamente las mismas son mayores de edad, y por cuanto el articulo 18 del Código Civil establece la mayoría de edad para todos los ciudadanos. En consecuencia, ésta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas Nacional de Adopción Internacional, autoriza suficientemente a las ciudadanas Nazareth Gregoria y Nahilcris Fransay Suárez Colmenares, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-23.617.083 y V-23.617.084 respectivamente, a retirar la cuota parte que les corresponde de los haberes que se encuentran depositados en la cuenta de ahorros Nro 0003-0081-19-0100446973 del Banco Industrial de Venezuela. Líbrese Oficio. Cúmplase.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmando y sellado en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas Nacional y de Adopción Internacional, a los (12) días del mes de mayo de dos mil nueve (2009) Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez de Sala,
Emilio Ruiz Guía.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
AP51-S-2006-013154
|