REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal VI
Caracas, 25 de mayo de 2009
199º y 150º
Asunto: AP51-S-2008-011285
Motivo: Autorización Judicial para Cobrar
Solicitante: CRISAIDA LISBETH MENDOZA CUEVAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular del a cédula de identidad Nro. V-.9.960.935
Beneficiario/a: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”.
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Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, en especial la diligencia presentada en fecha 20/03/2009 por la ciudadana CRISAIDA LISBETH MENDOZA CUEVAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular del a cédula de identidad Nro. V-.9.960.935, madre de la adolescente “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”, debidamente asistida por la abogada MARITZA VALERO GONZALEZ, Defensora Pública Quinta (5ta) para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, mediante la cual solicita a este Tribunal se autorice a la ciudadana antes mencionado, para retirar los intereses mensuales que se producen a causa de la cantidad de dinero que se encuentra depositada en la cuenta de ahorros Nro. 0003-0081-17-0100448062, del banco Industrial de Venezuela, a nombre de la adolescente antes citada, a fin de cubrir los gastos de manutención en los que incurre la misma; este Juez Unipersonal VI del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en vista del pedimento contenido en el la referida diligencia, concede autorización judicial, a la ciudadana CRISAIDA LISBETH MENDOZA CUEVAS, anteriormente identificada, para que retire mensualmente los interés mensuales generados en la cuenta de ahorros Nro. 0003-0081-17-0100448062 del Banco Industrial de Venezuela, a fin de que la misma pueda sufragar los gastos de manutención de su hija “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”. En consecuencia, se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones comunicándole lo conducente, a los fines de que procedan a hacer las gestiones pertinentes para que la mencionada ciudadana pueda realizar efectivamente los retiros mensuales de la cuenta de ahorros antes señalada. Cúmplase. Líbrese lo conducente.
El Juez
La Secretaria
Abg. Jose Alberto Nunes Marquina
Maria Eugenia Velásquez
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