REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 12
Caracas, siete de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-007197.
Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial a la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE GUERRERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-16.600.533, a favor de su hija. Este Tribunal acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al ciudadano RAFAEL ENRIQUE GUERRERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-16.600.533, para que realice todas las diligencias necesaria por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a los fines de obtener el Pasaporte de la niña, cuyo nombre se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Lopna. Expídase por secretaría copia certificada del presente sentencia y entréguese a la parte interesada. Cúmplase.
LA JUEZ
SARA GUARDIA SOTO.
LA SECRETARIA
ADRIANA MIRELES.
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