REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y
Nacional de Adopción Internacional
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, veintiuno (21) de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-007018

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSAYDA INDIRA BRITO HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.481.637 madre del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA) debidamente asistido por el Abogado ABDON ENRIQUE ALMEIDA CENTENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.755 actuando en su carácter de Defensor Público Décimo (10°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, ciudadana ZORAIDA JOSEFINA HENRIQUEZ DE BRITO, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.811.304 en beneficio del adolescente de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante. De igual modo, se ordena la devolución de los documentos originales y el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ

LA SECRETARIA,

ABG. CIOLIS MOJICA

YCH/CM/Yvette
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2009-007018