REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, siete de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

DECRETO DE HOMOLOGACION
DE TRANSACCION
PARTE ACTORA: ADMINISTRADORA AVILA NORTE C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 23 de marzo de 1999, bajo el No.76, Tomo 51-A-Pro.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL PEÑA AGUILARTE y LIESKA CAROLINA SARRIA RODRIGUEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 115.453 y 114.510, respectivamente.-

PARTE DEMANDADA: VIRGILIO GOMEZ PEREIRA, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.E-81.867.740.-

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: TATIANA MOLINA FERMÍN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.107.204.

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

EXPEDIENTE Nro. AP11-M-2009-000011

Se inicia la presente causa por demanda interpuesta por los abogados YRAIMA AGUILARTE y JOSE MIGUEL PEÑA AGUILARTE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 15.935 y 115.453, respectivamente, procediendo en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA AVILA NORTE C.A. contra el ciudadano MICHELE NATALE RICCIUTI, antes identificado; correspondiéndole su conocimiento, sustanciación y decisión a este Juzgado, quien admitió la demanda en fecha 19 de marzo de 2009.
En fecha 24 de marzo del año en curso, la representación judicial de la parte actora consignó copias fotostáticas para que se expida la compulsa de citación, lo cual fue cumplido por este Juzgado en fecha 26 de ese mismo mes y año.
Mediante escrito presentado el 6 de abril de 2009, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, suscrito por una parte por, la abogada LIESKA CAROLINA SARRIA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.114.510, procediendo en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ADMINISTRADORA AVILA NORTE C.A., y por otra parte, VIRGILIO GÓMEZ PEREIRA, parte demandada en este asunto, debidamente asistido por la abogada TATIANA MOLINA FERMÍN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.107.204, celebraron transacción judicial, en los términos expuesto en dicho escrito.
Así las cosas, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la homologación se observa:
Dispone el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”

Ahora bien, estudiadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, observa este Tribunal que la parte actora se encontraba debidamente representada para el momento de celebrar la transacción. De igual manera se desprende que el demandado se encontraba debidamente asistido de abogado; y, comoquiera que habiendo transado sobre materias no prohibidas, se procede a impartir la HOMOLOGACION a la misma.
Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley imparte la HOMOLOGACION A LA TRANSACCIÓN, realizada en fecha seis (6) de abril de dos mil nueve (2009), dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
EL JUEZ,

LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA,


MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
En la misma fecha de hoy, previo anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,


LRHG/MGHR/co.-