REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, ocho de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP11-S-2009-000653
Vista la solicitud que antecede y la justificacion promovida y evacuada al efecto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripcion Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando jusiticia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, sin perjuicios de terceros de igual o mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 937 del Codigo de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente a favor de la ciudadana GLADYS JOSEFINA NATERA DE VENOT, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-3.560.046, sobre las bienhechurias cuyas medidas, linderos y demas determinaciones constan en el escrito de solicitud anteriormente descritas.
Se hace la salvedad que el presente titulo se declara solo sobre los materiales destinados a la construcción de las bienhechurias identificadas en el escrito de solicitud, dejandose expresa constancia que los derechos del solicitante solo recaen sobre la construcciónes y en modo alguno crean derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas.
Aunado a lo anterior el presente titulo no convalida cualquier tipo de violación a la Ley, decreto u ordenanza en la cual haya incurrido el solicitante, al haber realizado las bienchurias descritas en la solicitud, que dan origen a estas actuaciones.
Devuélvanse a la parte interesada original con sus resultas a los fines de que surta los efectos legales correspondientes. Asimismo se acuerda librar las copias certificadas solicitadas con inserción en ellas de la diligencia en la cual las solicita y del auto que las acuerda de conformidad a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-Cúmplase.
EL JUEZ,
LUÍS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ.-
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNÁNDEZ RUZ.-
Hora de Emisión: 2:12 PM
LRHG/MGHR/pablo.-
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