REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, quince de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AH15-S-2008-000672
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: VERA LAURIZ FONTALVO FONTALVO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº: V-10.113.173, debidamente asistida por la ciudadana MARIBEL Y. PONCE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 99.328, mediante el cual solicita se les declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del de cujus ELEAZAR MORENO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 1º de Abril de 2009, comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos DOMINGO DE GUZMÁN MOSQUERA FLORIÁN y YADIRA LUZ SERPA SARMIENTO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-6.253.930 y E-82.120.740 respectivamente, y rindieron declaración testimonial.-
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes instrumentos públicos:
1) Copia certificada del Acta de Defunción debidamente apostillada del de Cujus ELEAZAR MORENO.-
2) Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos VERA LAURIZ FONTALVO FONTALVO y ELEAZAR MORENO.-
Los anteriores instrumentos se valores favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran entre otras cosas, el fallecimiento del ciudadano: ELEAZAR MORENO, y el vinculo de Filiación que existe entre la ciudadana: VERA LAURIZ FONTALVO FONTALVO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº: V-10.113.173, y su causante, es por lo cual el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
Habiendo comparecido los testigos en la presente solicitud, respondieron con relación a la primera pregunta: “…Si conozco a la ciudadana Vera Fontalvo desde hace muchos años…”; segunda pregunta: “…Si lo conocí por muchos años…”; tercera pregunta: “…Si se y me consta que falleció en Colombia el 21 de Julio de 2008…”; cuarta pregunta: “…Si lo se y me consta que es su única y universal heredera y no existe otros herederos legítimos…”.-
En tal sentido, el Tribunal les otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE.-
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a la ciudadana: VERA LAURIZ FONTALVO FONTALVO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº: V-10.113.173, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus: ELEAZAR MORENO, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº: V-2.088.343. ASÍ SE DECIDE.-
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA a la ciudadana VERA LAURIZ FONTALVO FONTALVO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº: V-10.113.173, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus: ELEAZAR MORENO, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº: V-2.088.343. Se dejan salvo derechos a terceros. Desvuélvanse los originales a la parte interesada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 15 días del mes de Mayo de Dos Mil Nueve (2009).- Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABOG. LEOXELYS VENTURINI.
Estando dentro de las horas de Despacho, en esta fecha se registró y publicó la decisión.-
LA SECRETARIA TITULAR,
Hora de Emisión: 12:31 PM
Asistente que realizo la actuación: leoM.-