REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinte de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AP11-F-2009-000129

Por recibido el presente expediente procedente de la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS, désele entrada y anótese en el Libro respectivo y presentada por el ciudadano OSCAR ENRIQUE BALDA RODRIGUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 70379, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA MENDOZA HIDALGO, venezolana, soltera, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: 18024226. En la cual solicita de este Juzgado se proceda a la rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual esta signada con el Nº 1286, folio 143 vto., de fecha 28 de agosto de 1986, la cual fue levantada ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual alega el solicitante que se incurrió en un error material al asentar el nombre de su progenitora, ciudadana MARJORIE ELENA HIDALGO DE MENDOZA, el cual se testo como: “MARYORIE ELENA HIDALGO DE MENDOZA”, siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: “MARJORIE ELENA HIDALGO DE MENDOZA”. Asimismo por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho. En consecuencia según se evidencia de la revisión de los recaudos consignados tales como: original del acta de nacimiento y copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana MARJORIE ELENA HIDALGO DE MENDOZA y original de la partida de nacimiento y copia simple de la cédula de identidad del solicitante. Probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por la ciudadana PATRICIA MENDOZA HIDALGO, venezolana, soltera, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: 18024226, en el siguiente término: donde dice: “...MARYORIE ELENA HIDALGO DE MENDOZA...” debe decir: “...MARJORIE ELENA HIDALGO DE MENDOZA…”. En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo. CÚMPLASE.
LA JUEZ TITULAR,


DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. LEOXELYS VENTURINI.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,

AMCdeM/LV/Yenny.