REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinte de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AP11-F-2009-000421

Por recibido el presente expediente procedente de la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS, désele entrada y anótese en el Libro respectivo y presentada por el ciudadano JOHN JOSE CARRILLO DORTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: 10630104, debidamente asistido en este acto por la ciudadana GISELA VILLAFRANCA DE AVENDAÑO, abogada en ejercicio e inscrita en Inpreabogado bajo el Nº: 12873. En la cual solicita de este Juzgado se proceda a la rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual esta signada con el Nº 1368, folio 368, de fecha 11 de Diciembre de 1970, la cual fue levantada ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual alega el solicitante que se incurrió en un error material al asentar el nombre de su progenitora, ciudadana ELVIRA ANGELINA DORTA, el cual se testo como: “ANGELINA DORTA”, siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: “ELVIRA ANGELINA DORTA MORENO”. Asimismo por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho. En consecuencia según se evidencia de la revisión de los recaudos consignados tales como: copia certificada del acta de nacimiento y copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana ELVIRA ANGELINA DORTA MORENO y original de la partida de nacimiento y copia simple de la cédula de identidad del solicitante. Probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano: JOHN JOSE CARRILLO DORTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: 10630104, en el siguiente término: donde dice: “...ANGELINA DORTA...” debe decir: “...ELVIRA ANGELINA DORTA MORENO…”. En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo. CÚMPLASE.
LA JUEZ TITULAR,


DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. LEOXELYS VENTURINI.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,

AMCdeM/LV/Yenny.