REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintisiete de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AH15-S-2008-000670
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: GRACE JEAN CANELON TORREALBA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: V-10.825.278, debidamente asistida por OFELMINA LOZANO VARGAS, venezolana, mayor de edad, abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 81.770, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE TESTIGO, a favor de la ciudadana: GRACE JEAN CANELON TORREALBA, anteriormente identificada.-

LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABOG. LEOXELYS VENTURINI.-

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones originales a la solicitante.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABOG. LEOXELYS VENTURINI.-
AMCdeM/LV/M.Y.U.CH.-